En 1991 el Consejo de las Comunidades Europeas estableció la obligación de los Estados Miembros de introducir el número 112 como número único de emergencia, tanto en redes telefónicas públicas, básicas, redes digitales de servicios integrados y redes móviles automáticas.
Así, en 1997 el BOE número 153, mediante Real Decreto 903/1997 obligaba a dichas redes a realizar las adaptaciones técnicas necesarias para tal fin. Los operadores de red asumen el coste de la llamada, siendo gratuita para el usuario e identifican la zona geográfica o red de donde proviene, para así derivarla al centro de recepción de llamadas que corresponda. La prestación del servicio en el caso de España, se lleva a cabo por las Comunidades Autónomas, que establecen los centros de llamadas de recepción de urgencia.
Al tratarse de un número unificado, soportado por cualquier red telefónica, es igualmente accesible si no tenemos cobertura de nuestro operador ya que funciona con GSM (Group Special Mobile o Global System for Mobile Comunications; sistema europeo de telefonía móvil digital), y en caso de no detectar nuestra red, se conecta a cualquier otra que haya disponible. De la misma manera es posible llamar sin saldo, sin introducir el pin del terminal o sin tarjeta SIM.
Otros datos de interés:
Además de la Unión Europea, se estableció como número único de emergencias en: Albania, Andorra, Bielorrusia, Bosnia-Herzegovina, Ciudad del Vaticano, Costa Rica, Croacia, Ecuador (Guayaquil), Islandia, Liechtenstein, México, Moldavia, Mónaco, Noruega, República de Macedonia, Rusia, San Marino, Serbia y Montenegro, Suiza, Ucrania.
El servicio de llamada al 112 es totalmente gratuito desde cualquier teléfono, pero los servicios necesarios en cada situación de emergencia pueden conllevar un coste fijado por cada Cuerpo de Seguridad y/o Comunidad Autónoma.
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